Muchos recordaran la anécdota contada por nuestro Fundador acerca de la misa de clausura de las Asambleas Federales de la Acción Católica Argentina en la cancha de San Lorenzo a la que asistieron además del Nuncio, 40 obispos y unos 400 sacerdotes, unas 40000 personas. El punto no fue la concurrida asistencia sino el ‘toque progresista’ que le dieron al evento y que hizo —entre otras cosas— que “las 35000 hostias para los fieles se consagraran en vasos de gaseosas (sic!) similares a los que se utilizan para la venta de helados, más endebles que madera de balsa”[1].
Lo cierto es que nuestra Santa Madre Iglesia en Redemptionis Sacramentum, 117 prescribe que: “los vasos sagrados, que están destinados a recibir el Cuerpo y la Sangre del Señor, se deben fabricar, estrictamente, conforme a las normas de la tradición y de los libros litúrgicos”; párrafo que el derecho propio hace suyo en el Directorio de Vida Litúrgica número 98. Allí mismo la Instrucción de la Congregacion para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos explica el material que se usa para la elaboración de los vasos sagrados debe ser “verdaderamente noble, de manera que con su uso se tribute honor al Señor y se evite absolutamente el peligro de debilitar, a los ojos de los fieles, la doctrina de la presencia real de Cristo en las especies eucarísticas”[2]. Mas aun, “háganse de un metal noble los sagrados vasos. Si son fabricados de metal que es oxidable o es menos noble que el oro, deben dorarse habitualmente por dentro”[3].
Por eso dice el Directorio prescribe que “el cáliz preferentemente con la copa [sea] de plata; en efecto, para ‘contener la Sangre del Señor nunca se utilicen frascos, vasijas u otros recipientes que no respondan plenamente a las normas establecidas[4]”[5] y citando nuevamente Redemptionis Sacramentum señala: “Por lo tanto, se reprueba cualquier uso por el que son utilizados para la celebración de la Misa vasos comunes o de escaso valor, en lo que se refiere a la calidad, o carentes de todo valor artístico, o simples cestos, u otros vasos de cristal, arcilla, creta y otros materiales, que se rompen fácilmente. Esto vale también de los metales y otros materiales, que se corrompen fácilmente”[6].
Dicho sea de paso ya “en el siglo IX prohibió el papa León IV los cálices de madera, plomo y vidrio, que ya desde el siglo VII eran muy raros, y desde el siglo XIII se abandonaron los cálices cuya copa no fuera de oro, plata o estaño, en conformidad con el Decretum, de Graciano, que así lo ordenaba: actualmente se halla también prohibido el estaño”[7].
Nuestro Fundador hablaba muchas veces de “la solidez hierática de los cálices”[8] y hasta una vez hablándole a los seminaristas que habían ido con él a peregrinar al Cristo y la Virgen del Milagro en Salta les decía: “sepan buscar la belleza de los cálices… nunca se olviden que ‘sólo la belleza salvará al mundo’, tal como lo recuerda Solzhenitsyn citando a Dostoievski”[9]. Él mismo se complacía de poder regalar alguna vez una custodia de mayor valor o un buen cáliz a un seminario u otra casa de formación, porque quería que todos aprendiesen la importancia de dedicar al culto cristiano lo mejor para que a través de la belleza del objeto apreciaran la sacralidad del misterio.
Lo mismo que se dice de los calices, a saber, que sean de un material verdaderamente noble y que sean bellos, dígase de la patena, de los ciborios (copón), de la custodia, del incensario con su naveta y cuchara, del labavo con su jarra, de las vinajeras y del portaviático[10].
Para terminar, citamos aquí este sucinto pero agudo pasaje del derecho propio que nos recuerda que “No hay que temer gastar dinero para el esplendor del culto. Cuando a Felipe II le recriminaron que el piso de sus aposentos en El Escorial fuera de ladrillo, dijo: ‘Un palacio para Dios, una choza para el rey’”[11].
[1] Cf. Carlos Buela, IVE, El Señor es mi Pastor. Memoria y Profecía, Parte II, cap. 15, 201.
[2] Redemptionis Sacramentum, 117.
[3] Instrucción General del Misal Romano, 328.
[4] Redemptionis Sacramentum, 106.
[5] Directorio de Vida Litúrgica, 97.
[6] Redemptionis Sacramentum, 117.
[7] Card. Isidro Gomá y Tomás, El valor educativo de la liturgia, t. I, 437.
[8] Carlos Buela, IVE, Sacerdotes para siempre, Parte I, cap. 5, 319.
[9] Ibidem, cap. 6, 418.
[10] Cf. Instrucción General del Misal Romano, 329.
[11] Directorio de Vida Litúrgica, 103.




